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Cómo crear los estatutos de su iglesia

Según el diccionario online Merriam-Webster, la palabra ley tiene probables raíces en la palabra nórdica antigua bȳlǫg, que significaba ley de la ciudad o del pueblo. Desde que la palabra entró en la lengua inglesa en el siglo XIV, su significado no ha cambiado mucho. En la actualidad, el diccionario Merriam-Webster define ley como "una regla adoptada por una organización principalmente para el gobierno de sus miembros y la regulación de sus asuntos". Tanto si los estatutos son normas adoptadas por un pueblo, una empresa o una iglesia, siguen representando una estructura bajo la que acordamos vivir juntos.

¿Son realmente necesarios los estatutos?

Algunos se preguntan por qué, además de la orientación organizativa que ofrecen los estatutos y el RCA Libro de Orden de la Iglesia (BCO), las iglesias locales necesitan estatutos.

Hemos comprobado que es útil para la vida continua de la iglesia tener un registro escrito de las costumbres y prácticas que rigen la vida de la iglesia. Los estatutos pueden proporcionar ese registro. Como mínimo, los BCO requiere que cada iglesia tenga un reglamento escrito que seleccione un método aprobado por la clase para la nominación y elección de ancianos y diáconos (1.I.2.14).

¿De qué manera son útiles los estatutos?

Imagina que estás reunido en una mesa con amigos o familiares para una noche de juegos y el grupo decide jugar a un juego de cartas. Cuando el crupier da seis cartas a cada jugador, te sientes confundido. Siempre has jugado a este juego con una mano de ocho cartas. Lo señalas al resto de la mesa y te dicen: "Aquí siempre jugamos con seis cartas". Cada casa suele tener reglas diferentes para el mismo juego. Cuando conocemos las reglas locales, podemos ajustar nuestra forma de jugar. Sólo queremos estar seguros de que todos juegan con las mismas reglas.

Los estatutos son una forma de que su iglesia establezca "la forma en que se juega aquí". Proporcionan las reglas básicas para las decisiones locales sobre el funcionamiento de la organización. ¿Quién tiene derecho a voto? ¿Cuándo se celebran las reuniones? ¿Cómo se llega a ser directivo? ¿Cuánto tiempo se puede ocupar un cargo? ¿Quién tiene autoridad para tomar una decisión, gastar dinero o reservar una sala? Los estatutos indican a las personas lo que pueden esperar dentro de la organización y cómo hacer las cosas, respetando los derechos de los demás dentro del grupo.

Sus estatutos son una herramienta educativa para los nuevos miembros y líderes. Explican cómo la iglesia encarna su visión para lograr su misión. Ayudan a los nuevos ancianos y diáconos a entender su papel y los límites de su autoridad. Hacen que todos los líderes de la iglesia sean responsables de la autoridad que les han otorgado aquellos a quienes sirven.

Los estatutos también sirven de memoria institucional, especialmente en tiempos de transición. Proporcionan la estabilidad y la estructura que una iglesia necesita para seguir funcionando a medida que cambian sus líderes, sus miembros y su contexto.

Elementos de los estatutos

Los elementos exactos de sus estatutos dependerán de las necesidades de su iglesia. Sin embargo, la mayoría de los documentos estatutarios comparten ciertas características. A continuación se indican los nombres de los artículos más comunes de los estatutos. Los artículos suelen identificarse con números romanos. Las subsecciones de los artículos se identifican con números arábigos.

Preámbulo

Nombre (debe ser coherente con los artículos de incorporación presentados en el estado)

Finalidad (puede omitirse si figura en los estatutos, pero no debe entrar en conflicto con los mismos)

Reunión de los miembros Elecciones del año fiscal

Consejo de Administración Funcionarios y funciones Estructura de las comisiones Autoridad parlamentaria Proceso de enmienda

Escribir el guión

A continuación se indican algunos aspectos que deben tenerse en cuenta al comenzar a redactar los estatutos:

  • El proceso es importante. El proceso de creación de este documento es tan importante como el producto final. Involucre a su congregación en el proceso; busque su opinión y consejo. No se limite a adoptar un conjunto de estatutos de otra organización; elabore unos estatutos que sirvan específicamente a su iglesia.
  • Sea claro y conciso. No incluya más detalles de los necesarios para expresar cómo debe hacerse algo. Escribe con frases completas y fáciles de entender.
  • Reglas de Orden de Robert consejos: No hace falta decir lo obvio (es decir, un consistorio puede nombrar comisiones).

  • Pide una opinión externa. Pida a alguien, como el secretario de su classis o del sínodo regional, que revise su borrador de los estatutos. Una persona conocedora y ajena a su iglesia puede ver errores y descuidos que de otro modo usted pasaría por alto y puede afirmar sinceramente un buen trabajo.

Utiliza las definiciones y los ejemplos que aparecen a continuación para ayudarte a describir en tus estatutos la forma en que funciona tu iglesia y lo que se esfuerza por hacer.

Preámbulo. Establece una jerarquía de documentos de supervisión dentro de los cuales se redactan los estatutos y a los que éstos están sujetos.

Ejemplo: Esta iglesia es una iglesia miembro de la Iglesia Reformada en América y está sujeta a la Constitución de la Iglesia Reformada en América, incluyendo su Libro de Orden de la Iglesia (BCO). Además, estos estatutos no pueden sustituir a los artículos de incorporación o a las leyes de este estado. En caso de contradicción entre estos estatutos y dichos documentos, éstos tendrán prioridad.

Artículo I. Nombre. ¿Cuál es el nombre oficial de la iglesia, tal como figura en los estatutos? ¿Por qué otros nombres se conoce la iglesia que se utilizarán o podrían utilizarse para identificarla?

Ejemplo: El nombre de esta iglesia es Iglesia Alas de Águila. Esta iglesia, miembro de la Iglesia Reformada en América, está sujeta y se rige por la Constitución de la Iglesia Reformada en América, así como por estos estatutos.

Artículo II. Objeto. ¿Por qué existe esta iglesia? ¿Cuál es su misión y visión? El propósito debe ser expresado de la manera más sucinta posible. Tenga en cuenta lo que ya está escrito en los artículos de incorporación y alinee la declaración de los estatutos con ella. Consulte también el preámbulo de los BCOque aborda la finalidad de una iglesia.

Ejemplo: El propósito de la congregación es:

  • adorar a Dios
  • proclamar el evangelio de Jesucristo
  • llevar a las personas a la comprensión de una nueva vida como discípulo de Jesucristo
  • servir a la comunidad de habla hispana proporcionando oportunidades para que las relaciones multiculturales florezcan y honren a Dios. Llamados por Dios y guiados por el Espíritu Santo, con la guía del liderazgo de la iglesia y la ayuda de socios misioneros, nos esforzamos por cumplir nuestro propósito:
  • crecer personalmente en nuestra fe y relación con Dios
  • crecer espiritual e intelectualmente en nuestras relaciones
  • ser un activo en nuestra comunidad mostrando el amor de Dios a través de la educación de las personas y las familias
  • promover y participar en misiones locales y mundiales

Artículo III. Afiliación. ¿Cómo se llega a ser miembro de esta iglesia? ¿Cuáles son las distintas formas de pertenencia a esta iglesia? ¿Cómo se mantiene la membresía en la iglesia? ¿Cuáles son los privilegios de los miembros? ¿Cómo se puede dejar de ser miembro de la iglesia?

Ejemplos:

Iglesia A

Artículo I - Afiliación

Sección A: La membresía en la Iglesia Reformada del Calvario, Iglesia Reformada en América, será otorgada por la junta de ancianos. Las categorías de membresía son confesantes, inactivos y bautizados, como se define en la BCO.

Sección B: Los miembros confesos tienen el privilegio de votar en las reuniones de la congregación y son elegibles para ocupar el cargo de anciano y/o diácono. Los miembros inactivos y los miembros bautizados tienen el privilegio de hacer uso de la palabra en las reuniones de la congregación y no son elegibles para ocupar cargos.

Iglesia B

Sección A: Esta iglesia es "el cuerpo de Cristo" y, por lo tanto, fomenta la membresía como señal de pertenencia al cuerpo de Cristo. La membresía en [nombre de la iglesia] incluye miembros "confesantes", miembros "bautizados" y miembros "inactivos".

  1. La membresía se concede por acción de la junta de ancianos. La junta de ancianos mantendrá un registro de todos los miembros de la iglesia.
    1. Miembros confesos son miembros que han recibido el bautismo cristiano y han sido recibidos por la junta de ancianos mediante la profesión de fe, la reafirmación de la fe o la presentación de un certificado satisfactorio de transferencia de membresía de otra iglesia cristiana, y que continúan una relación activa con esta congregación.

    2. Miembros bautizados son miembros que han recibido el bautismo cristiano, pero aún no han sido recibidos por la junta de ancianos como miembros confesos.

    3. Miembros inactivos son antiguos miembros confesos o bautizados que han dejado de tener una relación activa con esta iglesia. Un miembro inactivo es colocado en el registro de inactivos por acción de la junta de ancianos.

  2. La junta de ancianos también puede reconocer a las personas que contribuyen a la vida de esta congregación.
    1. Los miembros asociados son personas que participan en la vida de esta iglesia parte del año pero tienen una membresía principal en otra iglesia.
    2. Los amigos de la iglesia son personas que no son miembros, pero son personas que participan en la vida de esta congregación. Otro nombre para este conjunto de la congregación es adherentes.

Artículo IV. Reuniones de la congregación. ¿Cuándo se celebra una reunión de los afiliados? ¿Cómo se informa a los miembros de la reunión? ¿Quién puede participar en la reunión y de qué manera?

Ejemplos:

Iglesia A

La reunión de la congregación se celebrará cada mes de junio en la fecha que determine el consistorio. La convocatoria se hará con un mínimo de dos domingos de antelación a la fecha de la reunión.

Iglesia B

La reunión anual de la congregación se celebrará el domingo anterior al día de Acción de Gracias.

  1. La fecha de la reunión deberá publicarse a la congregación al menos tres semanas antes de la reunión. El orden del día de la reunión se distribuirá o publicará al menos una semana antes de la reunión. Cualquier miembro confesante que desee tener un punto en el orden del día debe presentar el punto y la(s) razón(es) al secretario al menos dos semanas antes de la fecha de la reunión anunciada.
  2. Las reuniones extraordinarias de la congregación pueden ser convocadas por mayoría de votos del consistorio. La convocatoria se hará con al menos catorce días de antelación a la fecha de la reunión extraordinaria. El anuncio incluirá el propósito de la reunión.
  3. Los miembros confesos tienen derecho a voto. Los miembros inactivos y los miembros bautizados tienen el privilegio de hacer uso de la palabra en todas las reuniones de la congregación (no el privilegio de votar). Sólo los miembros confesos tienen derecho a ocupar cargos.
  4. No se permite el voto en ausencia, a menos que el consistorio haya incluido la posibilidad de votar en ausencia en el anuncio de la reunión. Los votos en ausencia sólo pueden contarse en la primera papeleta emitida para el tema.

Artículo V. Ejercicio fiscal. ¿Cuándo comienza un nuevo año en esta congregación? ¿Cuándo comienzan a ejercer sus funciones los nuevos miembros del consistorio? ¿Cuándo comienza y termina un nuevo año financiero?

Ejemplos:

Iglesia A

El ejercicio fiscal comenzará el 1 de julio y terminará el 30 de junio.

Iglesia B

El año fiscal coincidirá con el año civil. El consistorio se instalará el primer domingo después del día de Año Nuevo.

Artículo VI. Elecciones. La única autoridad dada a la congregación en el BCO es la elección de sus ancianos y diáconos. Este derecho fundamental está tan protegido que una iglesia no puede cambiar su práctica habitual de elección sin obtener el permiso del classis, así como la aprobación del classis del cambio de los estatutos. La página web BCO especifica que los ancianos y los diáconos son elegidos por un período no superior a cinco años. La página web BCO también dice que los miembros del consistorio deben tener al menos 21 años, pero alguien tan joven como 18 años puede servir en el consistorio a discreción de la iglesia (1.I.2.14a).

Ejemplos

Iglesia A

Sección A: Requisitos - Todos los miembros confesos de la iglesia que tengan 21 años o más son elegibles para ser elegidos como ancianos o diáconos.

Sección B: El consistorio nominará a personas para servir como ancianos y diáconos de entre los miembros confesos de la congregación. El consistorio presenta una lista a la congregación para elegir a los ancianos y diáconos en junio de cada año.

Sección C: Cuando una vacante debe ser cubierta, una persona puede ser elegida e instalada para servir el resto del término no vencido, o el consistorio puede nombrar e instalar a un miembro del gran consistorio en el mismo cargo de su servicio anterior hasta la próxima elección de ancianos y diáconos.

Sección DLos nombres de las personas elegidas como ancianos y diáconos se darán a conocer a la iglesia tres domingos sucesivos antes de su instalación el cuarto domingo de julio, a fin de que cualquier objeción legítima pueda ser presentada a la junta de ancianos para su juicio.

Iglesia B

Elección de los oficiales - Ancianos y Diáconos

  1. Los ancianos y diáconos serán elegidos entre los miembros confesos de la iglesia que tengan al menos veintiún (21) años de edad.
  2. Ninguna persona será elegible para ocupar el cargo de anciano o diácono, a menos que haya sido miembro de la congregación durante un (1) año en la fecha de la elección.
  3. No pueden formar parte del consistorio: el personal de la iglesia, excluyendo a los ministros instalados que estén sirviendo bajo llamamiento.
  4. Los cargos de anciano y diácono se cubrirán de forma rotativa con mandatos escalonados, en los que un anciano o diácono será elegido y servirá durante tres (3) años consecutivos, y luego no podrá ser elegido para el consistorio durante dos (2) años.
  5. El consistorio deberá preparar una lista de candidatos para los cargos de ancianos y diáconos. La lista se basará en una votación de nominación de la congregación obtenida al inicio del proceso de selección. La lista recomendará un candidato para cada vacante. La lista se presentará a la congregación en su reunión anual. La lista de candidatos se publicará durante dos (2) semanas consecutivas antes de la reunión de la congregación, si es posible.
  6. La congregación votará en secreto.
    1. Los votos de los ausentes pueden obtenerse de los ancianos antes de la reunión de la congregación y deben presentarse al secretario, en un sobre cerrado, antes de la apertura de la reunión. Los votos de los ausentes se contarán sólo en la primera votación.
    2. La elección se declarará cuando los candidatos sean confirmados por el voto mayoritario de la congregación.
    3. La ordenación y la instalación de los ancianos y diáconos recién elegidos se hará en un domingo, tan pronto como sea posible después de la elección.
  7. Si un cargo de anciano o de diácono queda vacante antes de que termine el plazo, el consistorio seleccionará a una persona para ocupar el cargo vacante por el resto del plazo no vencido. Si el titular del cargo está sirviendo por dos (2) años o menos, el titular será elegible para ser elegido por la congregación para un término regular de tres (3) años.
  8. Los ancianos y diáconos recién elegidos asumen sus respectivos cargos el 1 de septiembre. La instalación formal del consistorio tendrá lugar el segundo domingo de septiembre.

Artículo VII. El consejo de administración/consistorio. Describa la junta de gobierno de la iglesia: su tamaño, su composición, el horario de sus reuniones, sus responsabilidades y los límites de su autoridad. El consistorio es el grupo más importante de la iglesia. La iglesia no puede organizarse hasta que tenga un consistorio para poder autogobernarse. El BCO señala: "El consistorio se guiará en la tramitación de sus asuntos por las reglas de orden que adopte de vez en cuando y que estén de acuerdo con el Gobierno de la Iglesia Reformada en América" (1.I.4.1). Véase el capítulo uno, primera parte de la BCO para más información sobre el consistorio.

Ejemplos

Iglesia A

  1. El consistorio: El consistorio es el órgano de gobierno de esta iglesia. El consistorio es un órgano permanente y continuo que funciona entre las sesiones declaradas a través de sus comités. El consistorio actuará en todos los asuntos que requieran juicio y decisión, que no estén específicamente asignados a la junta de ancianos o a la junta de diáconos. Sus miembros son los pastores instalados y los ancianos y diáconos actualmente instalados en el cargo.
  2. El consistorio se reunirá los meses pares del año. El día de reunión se fijará en la primera reunión del nuevo año fiscal.

Iglesia B

  1. El Consistorio

    Sección A: CONSISTORIO

    La iglesia será gobernada por el consistorio de la iglesia y consistirá en seis (6) ancianos gobernantes, seis (6) ancianos pastorales y seis (6) diáconos elegidos de entre los miembros confesantes.

    Sección B: PLAZO

La duración del servicio de los miembros elegidos será de tres años. Un anciano gobernante es elegible para servir un segundo mandato consecutivo de tres años. Un miembro del consistorio que concluya su mandato no podrá ser elegido a menos que haya estado fuera de su cargo durante al menos dos años.

Sección C: ELEGIBILIDAD

Cada candidato debe:

    • ser un miembro confeso,
    • tener dieciocho años o más,
    • viven en la zona de Holanda,
    • no ser personal remunerado, y
    • no ser miembro del hogar de un miembro del personal asalariado a tiempo completo o de un miembro del consistorio.
  1. La Junta de Ancianos

    Sección A: La junta de ancianos está compuesta por los ancianos instalados y los ministros instalados. La junta se reunirá un mínimo de cuatro veces al año. Normalmente, la junta se reúne cada dos meses. La junta determinará su calendario de reuniones en la primera reunión después de la reunión de la congregación. El calendario de reuniones se anunciará a la congregación.

    Sección B: Responsabilidades exclusivas de los ancianos

    1. Autorizar las solicitudes de bautismo apropiadas y hacer los arreglos adecuados para los servicios de bautismo.
    2. Aprobar las solicitudes de afiliación correspondientes. Disponer la recepción de nuevos miembros ya sea por confesión de fe, reafirmación de fe o transferencia desde otras iglesias. Aprobar también el traslado de miembros a otras iglesias.
    3. Disciplinar a cualquier miembro que infrinja las normas y reglamentos de la congregación o de cualquiera de sus órganos de gobierno, siguiendo los Procedimientos Disciplinarios del ACR.
  2. La Junta de Diáconos

    Sección A: La junta de diáconos está compuesta por los diáconos instalados. La junta se reunirá un mínimo de cuatro veces al año. Normalmente la junta se reunirá cada dos meses. La junta determinará su calendario de reuniones en la primera reunión después de la reunión de la congregación. El calendario de reuniones se anunciará a la congregación.

    Sección B: Responsabilidades exclusivas de los diáconos

    1. Supervisar el recuento y la contabilidad de las ofrendas de la congregación. El consejo establecerá políticas que guíen el manejo del dinero y su reporte.
    2. Determinar los destinatarios de las benevolencias de la congregación y la cantidad entregada a los mismos.
    3. Determinar y supervisar la implicación misionera de la congregación en la comunidad.

Iglesia C

  1. [Nombre de la iglesia] reconoce a los ancianos supervisores y a los ancianos pastores. Los ancianos supervisores se ocupan del gobierno o la supervisión de la estructura de la iglesia. Los ancianos pastores se centran en el cuidado de los miembros.

[Nombre de la iglesia] reconoce a los diáconos administrativos y a los diáconos de extensión. Los diáconos administrativos supervisan la recolección y distribución de las finanzas. Los diáconos de extensión se centran en la misión de esta congregación en la comunidad y en el mundo.

Artículo VIII. Funcionarios y deberes. Describa de forma general el papel que debe desempeñar cada funcionario en el consistorio. El BCO especifica que "el consistorio elegirá como presidente a uno de sus ministros que sirva bajo convocatoria y que presidirá todas sus reuniones, salvo que se disponga otra cosa" (1.I.3.1). La página web BCO también especifica que el consistorio elegirá a uno de los ancianos para el cargo de vicepresidente y el consistorio tendrá un secretario (1.I.3.2, 1.I.3.3).

Ejemplos

Iglesia A

Sección A: Pastor -- El pastor sirve como presidente del consistorio. El consistorio puede solicitar que el classis autorice a su pastor comisionado a servir como oficial presidente cuando esa persona es el pastor principal.

Sección B: Vicepresidente -- El vicepresidente es seleccionado de la junta de ancianos y aprobado por el consistorio. En ausencia del pastor, el vicepresidente asumirá las responsabilidades y deberes del presidente.

Sección C: Secretario -- El secretario es elegido anualmente por el consistorio de entre sus miembros. El secretario es responsable de registrar las actas de las reuniones ordinarias y extraordinarias del consistorio, y de enviar las notificaciones según las indicaciones del consistorio.

Sección D: Tesorero -- El tesorero es elegido anualmente por el consistorio pero no tiene que ser miembro del mismo. El tesorero es responsable de pagar las obligaciones financieras de la congregación con los fondos provistos y de proporcionar informes financieros a los diáconos y al consistorio.

Sección E: El "gran consistorio" son todos los miembros confesos que han servido en el consistorio. El gran consistorio puede ser convocado por el consistorio cuando los asuntos de especial importancia relacionados con el bienestar de la iglesia exigen ser considerados. Los miembros del gran consistorio sólo tienen voz consultiva.

Iglesia B

Sección A: Los oficiales del consistorio serán el presidente, el vicepresidente, el secretario y el administrador de la iglesia. Todos los oficiales serán miembros del consistorio.

Sección B: El pastor principal será el presidente del consistorio. El vicepresidente y el secretario serán elegidos de la junta de ancianos gobernantes; los ancianos pastores elegirán un secretario; los diáconos elegirán un presidente de diáconos y podrán nombrar un secretario.

Artículo IX. Estructura de los comités. El BCO dice que el consistorio puede funcionar a través de comités entre sesiones. ¿Cómo es la estructura de los comités en su iglesia? ¿Cómo se establece en sus documentos organizativos? ¿Quién puede formar parte de un comité? ¿Cuál es el alcance de la autoridad de un comité? Algunos estatutos contienen una descripción de cada comité y sus funciones. Otros estatutos se limitan a indicar que se pueden nombrar comités. En cambio, la iglesia puede describir los comités con mayor detalle en un manual de políticas separado. ¿Qué es lo mejor para su iglesia?

Ejemplo

Sección A: El consistorio puede nombrar los comités permanentes y ad hoc con las tareas y personas que considere necesarias para servir a propósitos específicos.

Sección B: La autoridad del comité, la estructura, las reuniones, el quórum y las notificaciones de las reuniones se determinarán por la política escrita del consistorio.

Artículo X. Autoridad parlamentaria. Reglas de Orden de Robert recomienda identificar un proceso formal para la toma de decisiones en su organización. "La autoridad parlamentaria... debería estar prescrita en un artículo de una sola frase que diga 'Las reglas contenidas en la edición actual de...[especificando un manual estándar de práctica parlamentaria, como este libro] regirán la Sociedad en todos los casos en que sean aplicables'" (Reglas de Orden de Robert recién revisadas, 11ª edición, 580).

Artículo XI. Enmienda. Los estatutos siempre necesitan una disposición para cambiar el documento, de modo que pueda adaptarse a las necesidades cambiantes de la iglesia. Sin embargo, dado que los estatutos son un registro de la identidad y las prácticas de la congregación, los cambios en los estatutos deben ser deliberados y deben implementarse de acuerdo con el proceso descrito en los estatutos.

Ejemplos

Iglesia A:

Estos serán los estatutos de [nombre de la iglesia] una vez que sean adoptados por dos tercios de los votos afirmativos de los presentes en una reunión congregacional de la iglesia debidamente convocada.

Iglesia B:

Estos estatutos pueden ser modificados en una reunión de la congregación por recomendación del consistorio. El consistorio notificará la(s) modificación(es) propuesta(s) a más tardar cuando se notifique la reunión de la congregación. Una enmienda es aprobada cuando al menos dos tercios de los miembros presentes han votado a favor de la misma.

Iglesia C:

Estas reglas de orden pueden ser enmendadas en cualquier reunión del consistorio siempre que dos tercios de los miembros presentes voten a favor de la enmienda propuesta, y que el cambio propuesto haya sido aprobado (por mayoría de votos) en una reunión anterior del consistorio.

Artículos adicionales

    1. Considere la posibilidad de incluir artículos adicionales en sus estatutos si estos ayudan a los líderes de su iglesia a gobernar de forma coherente y justa. Por ejemplo, puede añadir un artículo a sus estatutos sobre las finanzas, la formación y la estructura de un comité ejecutivo, o las normas específicas para las operaciones en varias sedes.

    2. Su consistorio puede pedir a algunos de sus miembros que supervisen las responsabilidades administrativas o de personal. Sin embargo, si quieres facultar a ese grupo para que actúe sin la aprobación del consistorio en pleno, debes incluir un artículo en tus estatutos que les dé permiso para hacerlo (BCO 1.I.3.4).

    3. Reglas de Orden de Robert recomienda que las iglesias que deseen celebrar reuniones electrónicas de juntas y comités aborden las siguientes cuestiones en sus estatutos o en sus normas permanentes:

      • el tipo de equipo necesario para participar en las reuniones;

      • contingencias por dificultades técnicas o fallos de funcionamiento;

      • determinación del quórum;

      • cómo plantear una cuestión de orden que impugne la continuidad del quórum;

      • cómo buscar el reconocimiento y obtener la palabra;

      • cómo deben presentarse las mociones por escrito;

      • métodos para la toma y verificación de los votos;

      • disposiciones para garantizar que los no miembros no participen, especialmente en el caso de reuniones especiales en las que se compartirá información confidencial.

        Las iglesias constituidas pueden incluir reuniones electrónicas en sus estatutos sólo si lo autorizan los estatutos de las corporaciones sin ánimo de lucro. En la mayoría de los estados, las leyes de las corporaciones sin fines de lucro han sido revisadas en los últimos años para permitir que las juntas se reúnan electrónicamente. Los líderes de la iglesia deben familiarizarse con la redacción de la ley de corporaciones sin fines de lucro de su estado sobre el tratamiento de las reuniones electrónicas antes de modificar los estatutos de la iglesia para prever dichas reuniones.

    4. Además, se presume que no hay que incluir nada en los estatutos sin que haya alguna razón para que se incluya en el documento. No es necesario autorizar algo que claramente puede hacerse sin autorización, por ejemplo. Las normas innecesarias suelen ahogar la capacidad de actuación, lo que frustra a los dirigentes. Establecer y mantener la confianza dentro de la congregación es un testimonio significativo y fundamental del evangelio que proclama la iglesia.

Por último, los estatutos deben revisarse periódicamente y mantenerse actualizados. La sabiduría popular sugiere que es mejor no adoptar los estatutos que adoptarlos y no cumplirlos.

Ahora es su tarea crear un documento vivo que conecte a la congregación de hoy con los valores establecidos en el pasado, a la vez que pone los medios para que los futuros líderes remodelen el documento para reflejar las necesidades cambiantes de la iglesia.

Incorporación de las iglesias locales