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Retiradas por dificultades financieras

¿Una circunstancia inesperada de la vida le ha creado la necesidad de acceder a sus fondos de jubilación antes de cumplir los requisitos para empezar a recibir distribuciones? Es posible que pueda solicitar un retiro por dificultades económicas.

Programa de jubilación RCA 403(b):

Distribución por dificultades: Una distribución realizada que se considera necesaria para satisfacer una necesidad financiera inmediata y grave.

Retiros por dificultades financieras aprobados del Programa de Jubilación 403(b) de RCA:
En virtud de un "puerto seguro" de la normativa del IRS, se considera automáticamente que un partícipe tiene una necesidad económica inmediata y acuciante si la distribución se destina a alguno de estos fines:

  • Determinados gastos de asistencia médica del afiliado, su cónyuge, las personas a su cargo o su beneficiario.
  • Gastos directamente relacionados con la compra de la residencia principal del participante (excluidos los pagos de la hipoteca).
  • Gastos de matrícula, tasas académicas conexas y gastos de alojamiento y manutención correspondientes a los 12 meses siguientes de estudios postsecundarios del afiliado o de su cónyuge, personas a su cargo o beneficiario.
  • Pagos necesarios para evitar el desalojo del participante de su residencia principal o la ejecución de la hipoteca sobre dicha residencia.
  • Gastos de sepelio y entierro del afiliado, su cónyuge, las personas a su cargo o su beneficiario.
  • Determinados gastos de reparación de daños en la residencia principal del afiliado.
  • Determinados gastos y pérdidas (incluidos los ingresos) a causa de una catástrofe declarada por la Agencia Federal para la Gestión de Emergencias (FEMA).

Para más detalles, consulte la sección 7.9 del Documento del Plan

Plan de jubilación del ACR:

Distribución por dificultades: La distribución de las cantidades del Plan puede ponerse a disposición de un partícipe (o de un beneficiario) en caso de que éste demuestre una necesidad basada en una emergencia imprevisible.

Posibles retiradas por dificultades económicas del Plan de Jubilación RCA:

  • Gastos de atención médica por enfermedad o accidente súbito e inesperado del afiliado, su cónyuge, las personas a su cargo o su beneficiario.
  • Pérdida de los bienes del afiliado por siniestro,
  • Otras circunstancias extraordinarias e imprevisibles similares derivadas de acontecimientos fuera del control del participante. Las circunstancias que constituirán una emergencia imprevisible dependerán de los hechos de cada caso.

Exclusiones y restricciones:

  • Ejemplos de lo que no se consideran emergencias imprevisibles son la necesidad de enviar a un hijo del afiliado a la universidad o el deseo de adquirir una vivienda.
  • La retirada de importes debido a una emergencia imprevisible sólo debe permitirse en la medida razonablemente necesaria para satisfacer la necesidad de emergencia.
  • No se efectuarán pagos si la dificultad puede aliviarse mediante:
    • Reembolso o indemnización del seguro
    • Liquidación de los activos del participante
    • Cese de los aplazamientos de los empleados 

Para más detalles, consulte la sección 7.2 del Documento del Plan