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Calculadora de primas de seguro de vida y seguro de incapacidad permanente

  • Seleccione el año de cálculo de las primas
  • Incluya la parte del salario designada como subsidio de vivienda y la contribución del empleado al programa de jubilación 403(b)
  • MM barra DD barra YYYY
  • MM barra DD barra YYYY
  • MM barra DD barra YYYY
  • Salario mensual con derecho a cobertura = Salario LTD / 12, hasta $7.500 al mes.
  • Sueldo LTD = 140% del total de los ingresos si se proporciona una casa parroquial; o 110% del total de los ingresos si hay un subsidio de vivienda designado; o 100% del total de los ingresos.
  • El importe de la cobertura de vida del cónyuge o de los hijos dependientes no puede superar el 100% del importe de la cobertura de vida voluntaria del empleado, hasta un máximo de cinco veces el salario de LTD.
  • Si ha elegido una cobertura de vida voluntaria para empleados superior a $200.000, o una cobertura de vida para cónyuges superior a $30.000, tendrá que rellenar un formulario de prueba de asegurabilidad.
  • La cobertura de Vida Voluntaria del Empleado es necesaria para tener la cobertura de Vida del Cónyuge y/o la cobertura de Vida de los Hijos Dependientes.
  • Los importes de la cobertura de Vida Voluntaria del Empleado y de Vida del Cónyuge se reducirán en 50% al cumplir los 70 años.

Información básica

Salario mensual por incapacidad a largo plazo con derecho a cobertura:

$0.00

Importe de la cobertura de vida colectiva:

$0.00

La cobertura se reduce en 50% a los 70 años


Prima mensual

Incapacidad de larga duración:

Vida en grupo:

Vida y AD&D voluntarios de los empleados:

Vida del cónyuge y AD&D:

Vida y AD&D de los hijos dependientes:

$0.00

$0.00

$0.00

$0.00

$0.00


Total:
$0.00

Prima total anual

Total:
$0.00

  • Para conocer los aspectos más destacados del plan, consulte: https://www.rca.org/benefits/insurance/
  • No se cobrará ninguna prima por la baja antes del día 15 del mes. La prima mensual completa se cobrará si la baja se produce el día 15 o después.
  • Los importes finales de las primas serán determinados por la Junta de Servicios de Prestaciones y se facturarán en función de la información salarial registrada.